Modificación en la consulta del Canal de Aforo
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador recuerda a los Operadores de Comercio Exterior y al público en general, que para poder verificar el canal de aforo deben utilizar la opción “Consulta de estado de declaración de importación” (Portal Externo: Servicios Informativos > 2.11 Servicio de información de Despacho/Carga > Despacho Aduanero > Consulta de estado de declaración de importación)
No obstante, es importante enfatizar que a partir del día de hoy, el canal de aforo se visualizará únicamente cuando la liquidación de la declaración de importación (Código 01) se encuentre con estado “[C] Pagado” en los casos que corresponda, o a partir de que el estado de la declaración aduanera de importación (DAI) sea “[06] Receptada”.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.