Skip to main content

Teléfonos: +593 2 244 1016 / 2 330 0529 — Celular / WhatsApp: +593 97 934 7977

Modificación en la consulta del Canal de Aforo

Nro. Boletín: 116-2025 | VIGENTE
Publicado: 18 de Noviembre de 2025
Emitido por: Jefatura de Calidad Y Mejora Continua 1


El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador recuerda a los Operadores de Comercio Exterior y al público en general, que para poder verificar el canal de aforo deben utilizar la opción “Consulta de estado de declaración de importación” (Portal Externo: Servicios Informativos > 2.11 Servicio de información de Despacho/Carga > Despacho Aduanero > Consulta de estado de declaración de importación)

No obstante, es importante enfatizar que a partir del día de hoy, el canal de aforo se visualizará únicamente cuando la liquidación de la declaración de importación (Código 01) se encuentre con estado “[C] Pagado” en los casos que corresponda, o a partir de que el estado de la declaración aduanera de importación (DAI) sea “[06] Receptada”.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.